El equipo de CIC quiere ayudarle para que en esos momentos, este tipo de trámites le resulten lo más sencillo posible.
Le asesoramos en:
- Testamentos
- Asesoramiento: representación y defensa legal
- Herencias
- Sucesiones
Los pasos a seguir son los siguientes:
1 – CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN: Es necesario obtener tanto el Certificado de Defunción, como el Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad y el Certificado de Registro de Seguros con Cobertura de Fallecimiento.
Se solicitan ante el Registro Civil o Juzgado de Paz del lugar del fallecimiento.
2 – CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES: Se solicita a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia y recoge todos los testamentos de la persona fallecida.
En el caso de que no exista testamento, se hará una declaración legal de herederos según su parentesco.
3 – REALIZAR INVENTARIO: Una vez definidos los herederos se procederá a hacer uninventariotanto del activo como del pasivo.
4 – CUADERNO PARTICIONAL: en este cuaderno se recogen todos los bienes, derechos y obligaciones de los herederos. También lo adjudicado a cada uno de ellos e inscribirse en elRegistro de la Propiedad.
5 – IMPUESTO DE SUCESIONES: hay que realizar el pago en un plazo de6 meses. Su cumplimentación esobligatoria y se realiza mediante autoliquidación deberá presentarse en la administración competente del lugar de la última residencia habitual del fallecido.